Aprueban reforma a la Ley de Amparo

Escrito por: Susana Pérez Enero 31, 2013

Publicado en:Noticias Recientes

El plenario de la Asamblea Nacional aprobó este 30 de enero, la Reforma a la Ley de Amparo, Ley No. 49, del 20 de diciembre  de 1988, misma que surgió a raíz de la aprobación, de la Ley de Protección de Datos Personales,  ratificada el año pasado por los legisladores y la que reconoce en sus artículos 13 y 17 el derecho del titular de los datos personales a ceder esta información con su consentimiento.

Con esta reforma se crea la figura de  “Habeas Data”,  la que nace por la necesidad de que el ciudadano se proteja con un recurso judicial cuando se ha violentado el derecho al uso de sus datos personales.

De acuerdo a la diputada Irma Dávila, Presidenta de la Comisión Constitucional creada para analizar y dictaminar dicha reforma, en la Ley de Protección de Datos Personales solo se norman los procesos administrativos y establece la posibilidad de recurrir de Habeas Data, pero que la Ley de Amparo no lo contemplaba.

“Con la aprobación de la Reforma a la Ley de Amparo,  se crea la figura de  habeas data la que detendrá el abuso de datos personales, castigará  a quien cometa este delito y protegerá al titular de los mismos”, señalo la parlamentaria Dávila.

El legislador Carlos Emilio López,  indicó que cuando una persona se sienta agraviada por el inadecuado uso de sus datos tiene derecho a que se le explique por qué esa persona u organización posee esos datos. El diputado señaló que los ciudadanos tienen derecho a que se actualicen y se corrijan datos viejos que le impidan el ejercicio pleno de sus derechos.

El diputado López,  ejemplificó con las informaciones que manejan las centrales de riesgo crediticio, donde si una persona se atrasó en un pago y luego pagó su deuda no puede aparecer como morosa. Si dicha central se negase a limpiar su récord de pago, la persona podrá recurrir de Habeas Data.

Habeas Data es el derecho, en ejercicio de una acción constitucional o legal, que tiene cualquier persona que figura en un registro o banco de datos, de acceder a tal registro para conocer qué información existe sobre su persona, y de solicitar la corrección o eliminación de esa información si le causara algún perjuicio.

Las Reformas a la Ley de amparo, ley no. 49, del 20 de diciembre 1988, fue  analizada y dictaminada por la Comisión Constitucional la que estuvo  integrada por miembros de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos.

 

 


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